La Rioja quiere que el teletrabajo sea la norma para residentes en pequeños municipios

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El Gobierno de La Rioja ha propuesto a los representantes de los trabajadores de la Administración General la modificación del Decreto 45/2021, de 28 de julio, que regula el teletrabajo en la Comunidad Autónoma, para que aquellos funcionarios y empleados laborales del sector que acrediten que residen de forma habitual en un pequeño municipio puedan desarrollar su labor de forma remota el 100% de la jornada laboral.

La medida tiene como objetivo compatibilizar la prestación de los servicios públicos esenciales a los ciudadanos riojanos con la lucha contra la despoblación y el empeño en la fijación de habitantes en el medio rural.

El director general de Función Pública, Ángel Sáinz Yangüela, ha presentado esta propuesta para su negociación a la Mesa Sectorial de Servicios Generales y Comité de Empresa. En la actualidad, existen 359 autorizaciones de teletrabajo dentro del sector la Administración general de la Comunidad limitadas, según la regulación vigente, al 60% de la jornada laboral.

El Gobierno de La Rioja, sensible ante el problema actual de despoblación, considera que el teletrabajo es una herramienta estratégica para atraer y fijar habitantes en el medio rural, al tiempo que permite revitalizar económica y socialmente los pequeños núcleos urbanos.

La normativa reguladora del teletrabajo de los empleados públicos al servicio de la Administración General de la Comunidad Autónoma y sus Organismos Autónomos recoge la compatibilidad entre la prestación del servicio mediante teletrabajo (hasta el 60% de la jornada) y la modalidad presencial. La propuesta que se ha puesto sobre la mesa de negociación es ampliar el trabajo en remoto al 100% de los días laborables a aquellos empleados públicos que residan de forma habitual en pequeños municipios riojanos, cuya labor profesional no exige una permanente atención directa a los ciudadanos.

Para ello, el personal funcionario y laboral deberá acreditar que vive de manera efectiva y con carácter continuo y estable en un pequeño municipio mediante el certificado de empadronamiento o el domicilio fiscal registrado en Hacienda.


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