Ayudas de Castilla y León para la alta velocidad en zonas empresariales
La Junta de Castilla y León mantiene su compromiso con la transformación digital de las empresas y abre una convocatoria de ayudas para el refuerzo de la conectividad de muy alta velocidad en polígonos industriales, centros logísticos o zonas de concentración empresarial, enfocadas de forma especial en el medio rural. Para este objetivo se cuenta con una dotación de 9,3 millones de euros.
La Junta refuerza la conectividad de alta velocidad en zonas de concentración empresarial con una convocatoria de ayudas de 9,3 millones de euros
Desde la Consejería de Movilidad y Transformación Digital, encargada de la gestión de estas subvenciones financiadas con cargo a los Fondos Europeos NEXT Generation, se ha vuelto a lanzar esta iniciativa que busca elevar la capacidad de acceso a Internet en las zonas determinadas como de alta ocupación empresarial hasta llegar a 1 Gigabit por segundo (Gbps).
El programa de ayudas, que finalizará en diciembre de 2024, se distribuye en cuatro líneas bien diferenciadas y establece un máximo subvencionable del 80 % del coste del proyecto.
Líneas de subvención
La primera línea, que cuenta con 2,17 millones de euros de presupuesto máximo, se dirige a los operadores de telecomunicaciones habilitados que logren dotar de conectividad de muy alta velocidad a polígonos industriales y centros logísticos, así como otras áreas de alta concentración empresarial. Los proyectos se referirán a redes de acceso, incluyendo los enlaces de transmisión (backhaul); inversiones en infraestructuras pasivas, reutilización de infraestructuras existentes y la puesta a disposición del resto de operadores.
La segunda línea, dotada con otros 1,33 millones de euros y dirigida también a los operadores habilitados, busca favorecer la instalación de una red de muy alta velocidad dentro de los emplazamientos de la línea anterior y zonas industriales adyacentes, cuando estos se encuentren en terrenos de gestión pública.
La tercera línea, dotada con 899.420 euros, se centra en comunidades o agrupaciones de propietarios, personas jurídicas o entidades vinculadas a la gestión, funcionamiento o dinamización de un polígono industrial o centro logístico, que se encuentren en terrenos de gestión privada y que quieran acceder a los servicios de muy alta velocidad mediante instaladores habilitados.
Y la cuarta y última línea, dotada con 1,86 millones de euros, está pensada para personas físicas y jurídicas titulares o arrendatarias de bienes inmuebles situados en un ámbito material de actuación o en zonas industriales adyacentes al mismo, así como comunidades de propietarios sujetos al régimen de propiedad horizontal, que quieran instalar una red interna de comunicaciones electrónicas de alta velocidad capaz de prestar servicios a velocidades de 1 Gbps dentro del emplazamiento de la empresa, siempre que lo hagan a través de instaladores habilitados.
Estas líneas de ayuda están condicionadas a ciertos requisitos de conectividad subyacentes de convocatorias del Estado previas de lo que se conocen por los planes UNICO. Así, los solicitantes deberán tener en cuenta que las bases prevén actuar en aquellas áreas industriales, logísticas u otras similares que estén ubicadas en zonas consideradas por el Estado como elegibles desde el punto de vista de la cobertura de redes de banda ancha de última generación, salvo en el caso de la línea de actuación 3, en cuyo caso no aplicará esta restricción cuando las ayudas beneficien a microempresas o pequeñas y medianas empresas (pyme).
Gastos subvencionables
Los gastos que pueden imputarse a estas ayudas son todos los relacionados con la construcción o modificación de infraestructuras y obra civil; equipamiento y otros materiales; gastos de personal propio; otros costes como la realización del correspondiente informe o proyecto técnico; los impuestos indirectos aplicables cuando no sean susceptibles de recuperación o compensación por el beneficiario.
No obstante, se excluye expresamente en los gastos subvencionables el IVA; y siempre que todos ellos se hubieran comprometido o realizado con posterioridad a la fecha de registro de la solicitud de la ayuda. En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado.
Plazo
El plazo establecido para la ejecución de los proyectos marca el 31 de diciembre de 2024 como fecha máxima en todos los casos y el de presentación de solicitudes comienza el 16 de agosto y finaliza el próximo 16 de septiembre.