Registro electrónico del Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación de Extremadura (SECTI)

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El Diario Oficial de Extremadura (DOE) publica el decreto por el que se establece la clasificación, el régimen de acreditación, el registro electrónico y el Catálogo de Agentes del Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación (SECTI).

Este decreto se concibe como desarrollo reglamentario de la Ley 10/2020, de 16 de noviembre de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación de Extremadura, cuyo objeto es el de favorecer el impulso de la investigación científica y técnica, la innovación, la transferencia de conocimiento, la difusión y la cultura científica, tecnológica e innovadora en la región.

Los Agentes del Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación (SECTI) tendrán un registro electrónico que les acredita como tal en el catálogo de agentes

Por una parte, determina la clasificación de los agentes del SECTI para proceder a su acreditación y, por otra parte, regula la creación de un registro electrónico y los requisitos para su inscripción.

Como resultado de la información permanentemente actualizada de este registro, la inscripción en el mismo da lugar a la creación del Catálogo de los Agentes del SECTI, cuyo objeto es dar a conocer el conjunto de entidades públicas y privadas que interactúan para generar, promover, desarrollar y difundir actividades de I+D+I en el ámbito de Extremadura.

Quiénes son agentes

De acuerdo con lo establecido en el decreto, serán agentes de generación de conocimiento los implicados en la creación del conocimiento, como son la Universidad de Extremadura (UEX) e instituciones académicas y de I+D+i, el Servicio Extremeño de Salud (SES), el Centro de Investigaciones Científicas y Tecnológicas (CICYTEX), centros públicos y privados de I+D+i, y el resto de entidades e institutos de investigación que desarrollen actividades referidas a la generación, aprovechamiento compartido y divulgación de conocimientos.

Por otra parte, son agentes de generación de tecnología aquellos cuyas redes y estructuras transfieren, adaptan y aplican el conocimiento para la producción de innovación, como son los parques científicos y tecnológicos; las fundaciones y organizaciones de fomento, transferencia de conocimiento e intermediación; las empresas públicas y sociedades mercantiles autonómicas gestoras de I+D+i; las empresas de base tecnológica y redes de incubadoras; las agrupaciones de empresas que constituyan una cadena de valor, y las agrupaciones o asociaciones empresariales y empresas que desarrollen actividades de I+D+i.

En tercer lugar, las entidades de gestión son agentes que apoyan la administración del conocimiento y las tecnologías, como las academias y sociedades científicas; entidades, instituciones, personas o estructuras que desarrollen actividades de generación, aprovechamiento compartido y divulgación de conocimientos.

En su conjunto, pretenden ser un instrumento que permita favorecer la gestión de los recursos públicos en este ámbito, posibilitando la interacción de los agentes del SECTI acreditados y que permita dar a conocer el potencial de la I+D+I regional.

La aprobación de este decreto se contempla como actuación del VII Plan Regional de I+D+I (2022-2025), cuyas acciones están conectadas con la Estrategia de Investigación e Innovación para la Especialización Inteligente de Extremadura-RIS3 Extremadura 2027 y es uno de los Compromisos entre la Sociedad y la Comunidad Científica recogidos en el Pacto por la Ciencia y la Tecnología de Extremadura.

La acreditación como agente del SECTI le corresponde a la Secretaría General de Ciencia, Tecnología, Innovación y Universidad. Se podrá acceder al formulario de solicitud a través de la plataforma electrónica SECTI como enlace a la sede electrónica de la Junta de Extremadura. El decreto regula ya la acreditación de oficio de algunos agentes del SECTI que se refieren en su desarrollo.


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